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BOQUERÓN

El detenido por 'kale borroka', fue sancionado en 2004


El detenido en Bilbao por actos de 'kale borroka', Alberto Marín Etxebarría, fue sancionado a cumplir cinco fines de semana de aislamiento en su celda de la cárcel de Daroca (Zaragoza) por insultar a un funcionario, a quien consideró que debía dársele "una patada en los cojones y reventarle", por haberle conminado a cortar la comunicación telefónica que mantenía tras exceder el tiempo reglamentario. Este arrestado estuvo en prisión entre los años 2002 y 2006.

Sin embargo, según los datos recogidos por Europa Press, la sanción impuesta en 2004 por la Comisión disciplinaria del centro penitenciario de Daroca, y suscrita por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, fue anulada por el Tribunal Constitucional al considerar que no se habían respetado los derechos fundamentales de Marín Etxebarría y se guardó "completo silencio" a las alegaciones formuladas por el preso.

En el periodo comprendido entre 2002 y 2006, Alberto Marín Etxebarria cumplía condena por participar en un ataque contra una sucursal bancaria de la localidad guipuzcoana de Bergara, en noviembre de 2000. Fue en diciembre de 2003, durante su estancia en la prisión zaragozana, cuando se dirigió a los funcionarios de servicio, después de mantener una conversación telefónica, diciendo: "Valiente hijo de puta, no te jode, me dice: cuelgue que ya lleva los cinco minutos. Había que darle una patada en los cojones y reventarle".

FALTA MUY GRAVE

Tras ello, la cárcel responsabilizó al acusado de una falta muy grave por "falta de respeto" a los funcionarios y le castigó con la reclusión temporal en su celda. No obstante, Marín Extebarría recurrió la decisión alegando que careció de asesoramiento legal durante la tramitación del expediente, criticando que no se especificaba si había sido incoado de oficio, por petición de otro órgano o por una denuncia presentada por el ofendido y denunciando no haber tenido acceso al material probatorio.

Para el interno, los "aspavientos" y ademanes que empleó no fueron suficientes para que el funcionario entendiera el significado de sus expresiones. Además, el preso argumentó la falta de concordancia entre sus palabras y los hechos de los que le acusaba la dirección de la cárcel.

Sin embargo, los dos recursos que presentó consecutivamente ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional fueron desestimados. En ellos, Marín Etxebarría denunciaba no sólo la "vulneración" de su derecho a la tutela judicial, sino también la respuesta "abstracta" y "extraordinariamente vacía de contenido" que se le había remitido.

Ante ello, el condenado presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en 2006, con lo que el alto tribunal procedió a estudiar su demanda. Durante este proceso, el Abogado del Estado destacó que Etxebarría se limitaba a negar los hechos, presentando una queja "genérica", y además remarcaba que era improcedente el careo con los funcionarios de prisiones que solicitaba el acusado.

LA FISCALÍA APOYÓ AL PRESO

Por su parte, el Ministerio Fiscal defendió que se había lesionado el derecho a la tutela judicial del preso y criticó que los autos de la Audiencia Nacional no contestan a sus "pretensiones" ni argumentos.

Finalmente, el Tribunal Constitucional dio la razón a Marín Etxebarría exponiendo que se le había vulnerado el derecho a la tutela judicial y además no se había respondido adecuadamente a sus alegaciones. Por todo ello, declaró nulos los autos de la Audiencia Nacional e instó a dictar una nueva resolución "respetuosa" con el interno.

Marín Etxebarría fue detenido esta madrugada en Bilbao acusado de colocar un artefacto explosivo en una sucursal bancaria de Deusto, en Vizcaya, en febrero del pasado año. El arrestado, de 31 años de edad, tenía antecedentes por kale borroka y participó en otros ataques similares, por los que ya cumplió condena.
MADRID, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

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