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BOQUERÓN

Tres años de prisión por meter droga en la cárcel

Tres años de prisión por meter droga en la cárcel

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a tres años y un día de prisión al palestino Abderrahim M., al que declara autor de un delito contra la salud pública por haber introducido en la cárcel de Daroca, al regresar de un permiso, 118 gramos de droga ocultos en su aparato digestivo.

El tribunal rechaza que los estupefacientes --105 gramos de hachís, 11 de heroína y casi dos de cocaína-- fueran para tomárselos el propio reo, ya que las cantidades "superan lo que es el acopio necesario para el autoconsumo", señala la sentencia. El abogado defensor, Luis Nivela, ha anunciado un recurso ante el Supremo. Sostiene que no hay pruebas de que Abderrahim realizara ningún acto destinado a traficar y que la cuantía del chocolate responde a que hizo la provisión para los dos meses que iba a tardar en volver a salir de permiso. La Audiencia, por el contrario, concluye que "no era esa su intención", sino que el preso pretendía traficar con esos estupefacientes.

CANTIDAD Y VALOR La sentencia recuerda que, de acuerdo con la jurisprudencia del Supremo, "se presume que es destinada al autoconsumo aquella cantidad que no supera la destinada a cinco días de consumo ordinario". "En el presente caso --añade-- estimamos que supera con creces la cantidad aprehendida lo que pudiéramos considerar su autoconsumo ordinario, máxime teniendo en cuenta que se trata de un interno carente de recursos y el elevado valor de la sustancia aprehendida, superior al millar de euros".

Los estudios del Instituto Nacional de Toxicología en los que el Supremo basa su jurisprudencia fijan el consumo medio diario de cocaína en 1,5 gramos; el de heroína, en 0,6, y el de hachís, en cinco, lo que sitúa en 7,5, 3 y 25 el acopio que la justicia tolera a un toxicómano en libertad.

La Audiencia aplica a Abderrahim la agravante de reincidencia --había sido condenado en dos ocasiones por delitos contra la salud pública-- y la atenuante analógica de drogadicción, ya que "en el momento de los hechos era consumidor habitual de drogas" y eso "limitaba levemente sus facultades cognoscitivas y volitivas". Rechaza agravar su condena por introducir esas sustancias en un presidio, ya que los funcionarios lo evitaron.

E. B. D. / F. M. H. 06/12/2011   EL PERIÓDICO DE ARAGÓN

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