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BOQUERÓN

Excarcelan a una parapléjica porque sus secuelas son "incompatibles" con la cárcel

Carmen López López no tendrá que cumplir la condena de tres años de prisión que le fue impuesta por un delito de tráfico de drogas. La Audiencia Provincial de Zaragoza considera que la paraplejia que padece desde mucho antes de cometer el delito y las secuelas que arrastra son "absolutamente incompatibles con la vida penitenciaria". Por este motivo, el pasado 27 de febrero le concedió el beneficio de suspender la ejecución de la pena y ordenó su excarcelación.

La mujer, de 45 años, fue condenada en julio de 2007 a tres años de prisión como autora de un delito de tráfico de drogas, agravado por el hecho de que los destinatarios de la misma eran menores de edad.

Durante el juicio se demostró que Carmen López trapicheaba con hachís en su vivienda del barrio zaragozano de La Paz, a la que acudían habitualmente menores a "pillar chocolate". Durante el registro que la Policía hizo en su casa, los agentes hallaron medio kilo de hachís, distribuido en diferentes lugares de la vivienda. Además, en la escasa hora que duró la inspección, los policías abrieron la puerta hasta a cuatro chavales que habían ido a comprar "chinas". Incluso, uno le pidió directamente diez euros de "chocolate" al funcionario que le atendió. En su casa también encontraron 1.300 euros en billetes de cinco y de diez.

Por todos estos hechos, fue condenada y su abogado, Javier Notivoli, recurrió la sentencia y pidió que se le aplicara el artículo 80.4 del Código Penal, que establece que los tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo.

INFORME FORENSE NEGATIVO

Sin embargo, el médico forense hizo un informe en el que puso de relieve que la mujer, pese a padecer secuelas irreversibles a raíz de un accidente de tráfico sufrido hace 20 años y a que se desplaza en una silla de ruedas eléctrica "ha sido capaz de cuidarse de ella y de sus hijos, sin otra ayuda que la de su madre, que también estaba enferma, puesto que a los dos años del siniestro, se separó de su marido". Añadía que, en la actualidad, Carmen López no trabaja, se desplaza en silla de ruedas y vive sola con la única ayuda de una mujer que cada tres semanas realiza las tareas domésticas que ella no puede.

El fiscal también fue de la misma opinión del médico forense y añadió que su discapacidad en modo alguno le había impedido cometer el delito, por lo que se opuso a su excarcelación. Tras los informes, el juzgado denegó la suspensión de la condena.

No obstante, el letrado recurrió a la Audiencia Provincial y la Sección Sexta le ha dado la razón. El magistrado explica que las secuelas neurológicas que padece por la paraplejia de sus dos piernas y la parcial de hombros, le hace vivir permanentemente en una silla eléctrica, que le es absolutamente imprescindible para cualquier desplazamiento. Añade que es dependiente de terceras personas para actividades básicas e instrumentales y presenta también insuficiencia respiratoria.

En conclusión, para el magistrado, la mujer presenta "un cuadro médico absolutamente incompatible con la vida penitenciaria, aunque estuviera permanentemente en la enfermería". Argumenta que el delito por el que fue condenada es por tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud y que no tiene ninguna otra pena suspendida ni le consta ninguna condena anterior. Por eso, le aplica el artículo 80.4 y le concede la suspensión de la pena.
HERALDO DE ARAGON (MARTA GARÚ)

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