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BOQUERÓN

¿Cuánto se droga un preso?

"Estoy enganchado", dijo, entre sollozos, A. M. cuando el presidente de la Sección Tercera de la Audiencia de Zaragoza le concedió la última palabra del juicio en el que, ayer, se enfrentó a una petición de cuatro años de cárcel por introducir 118 gramos de droga en la prisión de Daroca al volver de un permiso.

A. M., de origen magrebí, había sido condenado en firme tres veces entre el 2003 y el 2005: dos por tráfico de drogas y otra por robo. Cumplía esas penas cuando salió de permiso. Al regresar, el 11 de mayo del 2009, los funcionarios recelaron de él. "En principio negaba llevar nada", explicó uno de ellos.

Hasta que, tras surtir efecto el laxante que le suministraron con su autorización, defecó cinco bolas de plástico. Cuatro contenían otras tantas piedras de hachís cuyo peso sumaba 105 gramos; la quinta, dos bolsas con once gramos de heroína y dos de cocaína en papelinas. "Eran para mi consumo", insistió A. M.

Que A. M. ha tenido problemas con los estupefacientes, por consumirlos y por venderlos, está fuera de duda. De hecho, un informe forense señala que los tomaba cuando cometió los delitos que le llevaron a la cárcel y un facultativo que lo calificó ayer como "consumidor habitual" de cocaína, heroína y cannabis.

Debate jurídico

Sin embargo, el fiscal no se creyó que tal cantidad de droga fuera para tomársela él mismo, por lo que mantuvo la petición de cuatro años de cárcel por un delito de tráfico de drogas agravado por haberlo presuntamente cometido en un centro penitenciario y tratarse --en caso de condena-- de un reincidente.

El fiscal destacó "la cantidad" y "la variedad" de drogas que transportaba y su alto precio --1.067,49 euros que consideró de "imposible" posesión para un "desarraigado social"-- para concluir que la tenencia del alijo "responde a la intención de acudir al mercado". "Sabemos que en las cárceles españolas se consume droga, pero en pequeñas cantidades porque son carísimas", añadió.

La defensa, que llevó el abogado Luis Nivela, pidió la absolución al considerar que "no existe ningún indicio de que (A. M.) se hubiera dedicado al tráfico de drogas" y tratarse de un drogadicto.

El letrado, que recordó que el Supremo considera destinados al autoconsumo dos gramos de cocaína o heroína por jornada para cinco días y de cinco de hachís, alegó que "un preso que vuelve de permiso no hace acopio para dos días" a la calle. "Estamos ante un consumidor habitual que hace acopio para los dos meses que va a tardar en volver a salir", añadió.

E. B. D. 24/11/2011 ELPERIÓDICO DE ARAGÓN

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